martes, 6 de marzo de 2012

Proponen incluir consejos de gestión en centros laborales

Se trata de una figura que actuaría a la par de las organizaciones sindicales

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Los trabajadores participarán en la identificación de las necesidades y potencialidades en el orden científico, técnico, tecnológico y administrativo ARCHIVO
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YANETH FERNÁNDEZ |  EL UNIVERSAL
miércoles 8 de febrero de 2012  12:00 AM
La participación de la clase obrera en la "gestión directa y democrática del proceso social de trabajo" constituye uno de los elementos clave en la nueva estructura laboral que plantea la Ley del Proceso Social de Trabajo, texto que sustituiría a la normativa actual.

El papel de trabajo sugiere la constitución de un "consejo de gestión directa y democrática en cada unidad de trabajo, que a su vez se integrará en un consejo central con la junta directiva del centro laboral".

Los trabajadores en el ejercicio de la gestión participarán en la identificación de las necesidades y potencialidades en el orden científico, técnico, tecnológico y administrativo.

Además, cooperarán con la elaboración del plan de trabajo, presupuestos, control del proceso de ejecución y los ajustes requeridos para optimizar el proceso social de trabajo.

La figura de los "consejos de gestión directa y democrática" coincide con la propuesta de incorporar en la Ley del Trabajo nuevas figuras de organización de trabajadores, paralelas a los sindicatos. De hecho, el proyecto plantea además de los "consejos de gestión", la inclusión de los "consejos de salud" y los "consejos de estabilidad", que velarán por el cumplimiento de la inamovilidad laboral.

Ya en el pasado, cuando José Ramón Rivero era el ministro de Trabajo (2007), se veía a los consejos de trabajadores como instancias para promover la propiedad social. En la Asamblea Nacional espera por su discusión un Proyecto de Ley Especial de los Consejos Socialistas de los Trabajadores y Trabajadoras que consignó el Partido Comunista de Venezuela.

De acuerdo con los integrantes de la Comisión Presidencial, encargada de la legislación, la función de los consejos será orientar, sugerir y participar en las decisiones del entorno laboral, y en ningún momento sustituirán los derechos y garantía de los sindicatos. No obstante, para algunos líderes sindicales, la inclusión de otras organizaciones de trabajadores constituye una arremetida oficial frente a la lucha que han emprendido en defensa de los contratos colectivos, el pago de pasivos laborales, entre otros aspectos.

El borrador de la Ley del Proceso Social de Trabajo dice que la organización sindical constituye un derecho inviolable y tendrán protección especial del Estado. Detalla que la clase obrera se organiza en consejos para asumir la "gestión directa y democrática del proceso social del trabajo", y para "defender sus derechos e intereses, se organiza en sindicato".

Sus atribuciones estarán orientadas en la promoción y revisión de las convenciones colectivas; así como vigilar el cumplimiento de las leyes de seguridad social, la igualdad de oportunidades e impulsar campañas orientadas a "elevar la conciencia social, ética y moral de la clase trabajadora".

yfernandez@eluniversal.com

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