martes, 7 de febrero de 2012

Artículos 435 – 437

Título IV
Evaluación
Artículos 435 – 437

Fines
Artículo 435. A los efectos de la evaluación continua de los resultados de la ejecución del plan, cada unidad de trabajo realizará semanal y mensualmente una evaluación en base a los indicadores de gestión para identificar los logros alcanzados, deficiencias, causas, propuestas de corrección y ajustes necesarios, para ser remitidos al órgano competente mediante informe escrito.

Informes
Artículo 436. Se presentará un informe anual que identifique los logros alcanzados, deficiencias, causas, así como las tendencias fundamentales derivadas del análisis del conjunto de la gestión, interrelacionándola con las nuevas necesidades generadas por el crecimiento de la población y las exigencias de la transformación estructural que vive nuestra sociedad. Los resultados constituirán el fundamento científico para la elaboración del plan del próximo año.

Contenido de los informes
Artículo 437. El informe de la evaluación semanal, mensual y anual incluirá la identificación en la práctica social de cada trabajadora y/o trabajador integrante de los equipos de trabajo:
a)    Su compromiso con el objetivo de construir una sociedad justa y amante de la paz.
b)    La puntualidad y la responsabilidad en el cumplimiento de las acciones que le asigna el plan.
c)    La solidaridad y fraternidad en su relación con el equipo de trabajo.
d)    Su disposición de autoformarse colectivamente como clase trabajadora en función de optimizar el proceso social de trabajo.
e)    El manejo científico, técnico, tecnológico y administrativo de los procesos donde participa.
f)    Los métodos y estilos de trabajo y de dirección.
g)    Cualquier otro aspecto que permita identificar sus virtudes, capacidades, destrezas, sensibilidad y compromiso social consciente.

El informe de los resultados de esta evaluación se remitirá semanal y mensualmente a la instancia competente del centro laboral, para su sistematización y difusión a la clase trabajadora a través de los consejos de gestión directa y democrática.

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